Se trata de la misma obra escrita en el año 2005, la cual fue objeto de revisión y corrección.

PROLOGO

A LA SEGUNDA EDICIÓN REVISADA Y CORREGIDA

Mi inquietud sobre el contrainterrogatorio surgió de manera autónoma, como una necesidad personal del litigio, más o menos en el año 1996 con ocasión de la defensa oficiosa[1] de un caso tramitado en el sistema penal de corte inquisitivo vigente en ese entonces en Colombia. Para ese momento el contrainterrogatorio era algo completamente extraño y desconocido en la legislación, la doctrina y la práctica forense. La inquietud creció con ocasión de una pasantía académica que tuve oportunidad de atender en Reno (Nevada), Estados Unidos, en diciembre del año 2000, donde pude confrontar las reflexiones y experiencias iniciales sobre contrainte­rrogatorio, naturalmente intuitivas, en el ambiente de la cultura del common law.

Para cuando la primera edición de este libro fue impresa en Colombia, en junio del año 2005, el sistema acusatorio en materia penal recién había entrado en vigencia gradual el 1 de enero de 2005 (en parte del territorio nacional) mediante la expedición de la Ley 906 de 2004. Por lo tanto, para ese momento, el autor ya contaba con aproximadamente nueve años “pensando” en el contrainte­rrogatorio y tratando de aplicarlo en sus procesos penales en un entorno normativo y cultural bastante hostil frente al instituto, sobre todo por su desconocimiento. En aquellos tiempos las audiencias de juzgamiento se registraban mediante lo que el tratadista colom­biano sobre pruebas Jorge Cardozo Isaza denominó a finales de los años sesenta del siglo XX escritura mecanográfica al dictado; para superar ese obstáculo logístico al contrainterrogatorio le propo­níamos a los jueces recoger las diligencias mediante grabación de audio, pues el Código Procesal Penal permitía registrar la actuación por el medio más idóneo disponible. Algunos juzgadores acce­dieron al pedido y de este modo en algunos casos se pudo contra­interrogar en un ambiente de verdadera oralidad; aún conservo los casetes que contienen estos incipientes ejercicios de confrontación en un ambiente cultural y normativo inquisitivo escritural.

Para el momento de la primera publicación del presente libro, el autor contaba con una experiencia en litigio de poco más de diez años bajo la vigencia del proceso penal de corte inquisitivo, regu­lado primero en el decreto 2700 de 1991 y luego en la Ley 600 de 2000. En esa época era casi inexistente la literatura en español sobre las técnicas de juicio en los sistemas acusatorios, que apenas empezaban a implantarse en las reformas procesales penales lati­noamericanas desde finales del siglo XX.

En aquella época el acceso a la literatura en inglés sobre trial techniques, y en particular sobre cross-examination no era tan expedita como lo es hoy en día. Recuerdo, por ejemplo, que la obra impresa de Wellman, The Art of Cross-examination, lo obtuve a principios del siglo XX por encargo a una persona cercana a otra que viajaba a los Estados Unidos por esos días a visitar a alguien.

En esas condiciones se escribió y publicó la obra que ahora el lector tiene en sus manos. Invertí aproximadamente seis años en la confección de esta obra, de la cual se imprimieron unos tres mil ejemplares, incluyendo el tiraje de una reimpresión en el año 2007.

Después de publicada la obra, en un principio pensé en escribir una segunda edición, actualizando y mejorando los contenidos. Con el tiempo entendí que los cambios serían tan profundos que el libro sería una obra completamente diferente en su estructura y contenido. Por eso, decidí proyectar una segunda obra sobre contrainterrogatorio, el Tratado sobre Contrainterrogatorio, en el cual me encuentro trabajando actualmente y que espero salga a la luz en poco tiempo. De este modo, la idea de una segunda edición de la obra de 2005 fue descartada.

El presente trabajo es la misma obra del año 2005: “El Contrainterrogatorio. Estudio sobre la Práctica de la Prueba Testimonial Adversa en el Proceso Judicial”, pero revisada y corregida en aspectos de forma y redacción; no se ha modificado el contenido, así debe permanecer para la historia. Por eso hemos decidido catalogarla como segunda edición revisada y corregida.

Esta publicación tiene varias motivaciones. De un lado, la obra impresa se encuentra agotada desde hace muchos años, por lo que solo es posible acceder a la misma en formato electrónico o a través del plagio. De otro lado, muchas personas de distintos países han manifestado su interés en adquirir el libro en formato impreso. Finalmente, considero que la obra, con todas las observaciones que le caben, tiene un lugar especial en la literatura hispanoamericana sobre contrainterrogatorio por haber sido la primera que abordó exclusivamente y en detalle esta materia. Después de la publica­ción de esta obra en el año 2005 se han escrito varios libros en español sobre contrainterrogatorio en Chile, Argentina, República Dominicana, Perú, Venezuela y Colombia.

Esta obra, leída veinte años después de publicada, me produce varias impresiones. En primer lugar, reconozco que he variado muchos conceptos y puntos de vista sobre el contrainterrogatorio; otros los encuentro equivocados, imprecisos y carentes de soporte en la investigación del derecho comparado; y otros ni sabía que existían en aquella época. Pero, por otro lado, considero que esta obra sigue siendo un aporte para entender la inserción del contra­interrogatorio en el contexto cultural y las prácticas judiciales del sistema inquisitivo que ha imperado por siglos en los sistemas procesales hispanoamericanos. Las prácticas judiciales inquisitivas no desaparecen porque se expida una ley que consagre un sistema procesal adversarial; este es un proceso de adaptación que puede tomar décadas.

Así, por ejemplo, el capítulo sobre La Pregunta Sugestiva resulta aún útil y de toda la importancia, sobre todo porque en Hispanoamérica existe una tradición de más de doscientos años en contra del empleo de las preguntas sugestivas en el examen de los testigos. También resulta de interés actual el capítulo sobre El Contrain­terrogatorio en la Tradición Jurídica Colombiana. Creo que esta perspectiva histórica y cultural, que puede proyectarse a toda Hispa­noamérica, es necesaria para que en nuestros países se entienda cabalmente el contrainterrogatorio, incardinándolo en nuestras tradiciones jurídicas. El capítulo sobre El Alcance del Contrain­terrogatorio fue la matriz de un artículo muy publicitado sobre la materia desde finales de la primera década del siglo XXI. Aparte de estos aspectos, puede haber otros de importancia en la obra, aun cuando no son muy distintos de los que se encontrarán en cualquier texto o manual sobre la materia.

Queda pues a disposición de la comunidad jurídica, por segunda vez, veinte años después de publicado, este texto, que considero un clásico sobre el contrainterrogatorio en la literatura jurídica hispa­noamericana, atendiendo -dicho calificativo- al momento histórico en que fue escrito.

Alejandro Decastro G.

Medellín, septiembre de 2024.

[1] El defensor de oficio no hace parte de la defensoría pública y cayó en desuso con la vigencia del sistema acusatorio (Ley 906/04); bajo la vigencia del código procesal penal anterior (Ley 600/00) esta era la única manera de proveer la defensa de los acusados que no podían pagar los servicios de un abogado.

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