Algunas consideraciones básicas sobre el trámite de las objeciones a la práctica de la prueba testimonial:
1. Las objeciones no son fines en sí mismas. Son medios para proteger la integridad de la prueba ante un riesgo de afectación sustancial.
2. Las objeciones no son “trucos” o “destrezas” para ganar un caso. No gana el juicio el abogado que más objete. Un caso no se gana “a punta de objeciones”.
3. La finalidad de la objeción no es torpedear la actividad de la contraparte, ni desconcentrarla. Ello puede ocurrir como efecto de una objeción adecuada, pero no se objeta por y para eso.
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4. No se objeta para justificar honorarios ante el cliente ni para alimentar el ego del abogado que objeta.
5. No se objeta solamente para proteger la integridad de la prueba; es necesario que la información cuyo ingreso se quiere impedir afecte sustancialmente la teoría del caso.
6. Por lo general, la sustentación de la objeción debe ser breve, concisa y precisa; basta con anunciar el título de la objeción. Sobran las explicaciones dilatadas, los discursos y los argumentos. Una sustentación de más de 3 segundos es indicativa de que la objeción no es clara. Igual regla opera para la sustentación de la respuesta que a la objeción hace la contraparte.
7. No se objeta para darle al testigo “pistas” acerca de cómo debe contestarle a la contraparte la pregunta que se objeta.
8. No se objeta para contaminar al juez con argumentos acerca de cómo debe valorar la prueba.
9. Cuando el juicio se tramita ante un juez de derecho la importancia y necesidad de objetar es menos intensa que cuando el caso se tramita ante un jurado.
10. Los jueces aprecian la conducta del abogado que objeta lo estrictamente necesario; a contrario, se pierde credibilidad cuando se objeta permanentemente y por cualquier motivo.
11. Tenga en cuenta que cuando objeta el juez siente que se le está ocultando información, por lo que siente más curiosidad en conocerla.
12. Si el juez no conoce y domina la temática de las objeciones el juicio perderá continuidad, concentración y fluidez; el caos se apoderará de la audiencia.
13. No abuse del derecho a objetar. Sea razonable.